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Qué es y Cómo se hace un ENSAYO

  ¿QUÉ ES UN ENSAYO Y TIPOS? El ensayo es un texto escrito en el que tú, como autor, manifiestas una idea desde un punto de vista personal y en el que tienes que presentar cómo y por qué llegaste a tu conclusión. Para decirlo de una forma más formal, en un ensayo tienes que presentar una  tesis  (tu idea) y  argumentarla . Parte de las confusiones que genera este formato son sus múltiples tipos. Sin embargo, estos son los dos tipos de ensayos más comunes: Ensayo literario.  Dedicado a analizar cualquier tema, pero utiliza el lenguaje literario, poético, retórico, etc. Por ejemplo:  El laberinto de la soledad  de Octavio Paz. Ensayo científico.  Especializado en difundir hallazgos obtenidos mediante el método científico o reflexionar sobre otros ensayos publicados. Por ejemplo,  La teoría del todo  de Stephen Hawkins. CÓMO HACER UN ENSAYO DESDE CERO: TIPS Los siguientes consejos te ayudarán a r...

Problemática Social

En la actualidad, existen muchos problemas en la sociedad que influyen tanto, desde lo familiar hasta político. Existen problemas producidos por malas conductas, por el carecer de conocimiento sobre principios y valores, que aunque es algo que los padres de familia deberían de inculcar como obligación a los hijos y a todas las niñas, niños y adolescentes, quienes deberían de tener esta introducción a la vida social integra, no lo poseen y eso tiene varios factores que repercuten dentro de la misma sociedad de nos rodea, tanto que si en una familia no se tiene el conocimiento de los principios y los valores, no habrá respeto, no habrá tolerancia. Estará surgiendo variedad de problemas, llegando al punto en que influye en el área escolar ya que no se tiene presente la responsabilidad, la honestidad y sobre todo la INTEGRIDAD , no logra satisfacer las necesidades que se requieren en el área escolar, no solo el estudiante, los catedráticos también influyen ya que si no tienen pasión para e...

Ley del Timbre Forense y Timbre Notarial

DECRETO NUMERO 82-96 EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA CONSIDERANDO: Que la Constitución Política de la República, establece la colegiación obligatoria de todos los  profesionales universitarios a fin de promover la superación moral, científica, técnica y académica de los profesionales, así como el control de su ejercicio; CONSIDERANDO: Que el Decreto número 1401 del Congreso de la República, crea un impuesto a los Abogados y Notarios  por medio de Timbres Forense y Notarial, con el objeto de otorgar prestaciones sociales en beneficio de los Abogados y Notarios, tendiente a mantener su decoro y estimular la solidaridad entre sus miembros; CONSIDERANDO: Que los montos del impuesto por Timbre Forense y Timbre Notarial, fijados en el Decreto número 1401  del Congreso, han dejado de corresponder al valor actual de la moneda, por las múltiples devaluaciones sufridas y perdida del valor adquisitivo de la misma; CONSIDERANDO: Que la finalidad el Colegio ...

AMPLIACIÓN DE ESCRITURA PÚBLICA

NUMERO XXX (). En ciudad de Retalhuleu, el tres de Abril del año dos mil trece. ANTE MÍ: XXX; Notaria, comparecen el señor ALBERTO LOPEZ, de ochenta y cuatro años de edad, casado, agricultor, guatemalteco, de este domicilio, se identifica con su Documento Personal de Identificación (DPI) número dos mil trescientos noventa y seis treinta y seis mil setecientos ochenta y tres un mil ciento uno (2396 36783 1101), extendido por el Registro Nacional de las Personas de la República de Guatemala, Centroamérica; FLORENTINA ESPINOZA PAZ DE LOPEZ, de setenta y cuatro años de edad, casada, de oficios domésticos, guatemalteca, de este domicilio, se identifica con su cedula de vecindad con número de orden K guion once, registro número dieciséis mil trescientos veintidós (K-11 16,322), extendida por el Alcalde Municipal del Municipio de Retalhuleu, departamento de Retalhuleu Y CARLOS HUMBERTO LÓPEZ ESPINOZA, de treinta y tres años de edad, casado, agricultor, guatemalteco, de este domicilio, se iden...

Derechos de la Primera Infancia y la influencia del nepotismo

  DERECHOS DE LA PRIMERA INFANCIA La vida, la libertad y seguridad social, son derechos inherentes de toda persona y principalmente para los y las niñas en su etapa de desarrollo y crecimiento, situación que, en Guatemala, se observa cómo se violentan éstos derechos fundamentales para las personas y mayoritariamente niños. Los derechos de la primera infancia o derechos para los niños y niñas no son concedidos correctamente y de forma no íntegra se hace uso de los mismos como un medio para la obtención de recursos económicos, situación que puede ser observada por cualquier persona que circule por las calles y avenidas de Guatemala. Se encuentras madres solteras con niños en brazos, padres obligando a niños y niñas a realizar actos indecorosos en la vía pública y lo más triste es el trabajo infantil, aun sin la supervisión de un adulto, muchos niños y niñas se encuentran en las calles realizando algún tipo de trabajo con el fin de obtener dinero que las personas de buen corazón p...

La Integridad como Principio

La integridad como principio   El hombre en sociedad necesita de parámetros dentro de los cuales debe de dirigirse para no generar conflicto alguno. Si bien, existen normas de carácter coactivo (como la ley) y normas de carácter moral (la aplicación de los principios y valores morales), logramos comprender que, si bien no nos pueden culpar por una acción u omisión que no esté contemplada como delito. o falta, sí existe el remordimiento interno por el cual, podremos tener un mal momento dinámico, o bien, estático. Conociendo a profundidad, los principios los podemos enmarcar como un lineamiento universal sobre el cual la acción del ser humano debe de conllevar un comportamiento de tal manera que no pueda afectar a nada ni nadie, como el principio de vida: el que por ninguna circunstancia debemos afectar la vida de alguna persona, disminuirla o arrebatarla, por lo que debe de privilegiarse a toda aquella acción que consigne la protección de la misma. Asimismo, podríamos citar...

AUTO ACORDADO 1-2013 C.C.

CORTE DE CONSTITUCIONALIDAD  AUTO ACORDADO 1-2013  CONSIDERANDO:   Según lo establecido en el artículo 16 de la Ley de Amparo, Exhibición Personal y de Constitucionalidad, corresponde con exclusividad a la Corte de Constitucionalidad, mediante Auto Acordado, determinar y modificar la competencia de los Tribunales de Amparo.  CONSIDERANDO: En el ejercicio de las funciones de la Corte de Constitucionalidad se han emitido diversos autos acordados con relación a la competencia de los diferentes Tribunales de Amparo por lo que se estima adecuado unificar en un solo cuerpo normativo, las disposiciones relacionadas, además de incluir a otras autoridades no previstas. POR TANTO:  Con base en lo establecido en los artículo 268, 272 inciso i) de la Constitución Política de la República de Guatemala; 16, 149, 163 inciso i) de la Ley de Amparo, Exhibición Personal y de Constitucionalidad, emite el siguiente:  AUTO ACORDADO  COMPETENCIAS EN MATERIA DE AMPARO Artícu...