CONTRATO DE COMPRAVENTA
COMPRAVENTA
DE BIEN INMUEBLE
CINCO (5).
En la ciudad de Guatemala, el día veintisiete de octubre de dos mil quince.
ANTE MI: KARLA AZUCENA MARADONA CARDONA, Notaria, comparecen, por una parte la
señora LUISA FERNANDA URRUTIA SAENZ, de sesenta años de edad, soltera,
guatemalteca, ama de casa, de este domicilio, quien se identifica con Documento
Personal de Identificación con Código Único de Identificación –CUI- número
cinco mil; doce mil; cero quinientos seis (5000 12000 0506) extendido por el
Registro Nacional de las Personas de la República de Guatemala, con Número de
Identificación Tributaria –NIT- quinientos mil doscientos guión cinco
(500200-5),a quién en el presente instrumento podrá denominársele LA VENDEDORA;
y por la otra parte la señora CARLA SALAZAR CASTILLO, de cincuenta y ocho años
de edad, soltera, guatemalteca, Maestra de Educación Primaria, de este
domicilio, quién es persona de mi conocimiento, con Número de Identificación
Tributaria –NIT- dos millones doscientos mil guión uno (2200000-1) y que en el
presente instrumento podrá denominársele LA COMPRADORA. Ambas comparecientes me
aseguran hallarse en el libre ejercicio de sus derechos civiles y que por medio
del presente instrumento celebran contrato de COMPRAVENTA DE BIEN INMUEBLE de
acuerdo a las siguientes cláusulas: PRIMERA: ANTECEDENTES. Manifiesta la señora
LUIS FERNANDA URRUTIA SAENZ, que es propietaria de la finca urbana que se
encuentra inscrita en el Registro General de la Propiedad de la Zona Central,
al número doscientos (200), folio cien (100), del libro treinta y cinco (35) de
Guatemala, el cual consiste en un lote de terreno con construcción ubicado en
la cuarta avenida diez guión diez, zona once de esta ciudad, con área, medidas
y colindancias que constan en su respectiva inscripción registral, cuenta con
los servicios de media paja de agua municipal con título registro setenta y
ocho mil, energía eléctrica y línea telefónica número veintitrés millones
quinientos cincuenta cinco mil seiscientos (23555600) de Telgua, Sociedad Anónima.
SEGUNDA: Manifiesta LA VENDEDORA que por el precio de QUINIENTOS MIL QUETZALES
(Q.500,000.00), que recibió al contado a su entera satisfacción por medio de
cheque de caja número diez mil del Banco Industrial, Sociedad Anónima de parte
de LA COMPRADORA, le vende la finca identificada en la cláusula anterior con
todo lo que de hecho y por derecho le corresponde a la misma. TERCERA: LA
VENDEDORA hace constar de manera expresa que sobre el inmueble objeto del
presente contrato, no existen gravámenes, anotaciones ni limitaciones que
puedan afectar los derechos de LA COMPRADORA y que se compromete al saneamiento
de ley de ser necesario; la Notaria le advierte de las responsabilidades en que
incurrirá sí lo declarado no fuere cierto. CUARTA: Por su parte manifiesta EL
COMPRADOR, que en los términos relacionado acepta la venta que se le hace. DOY
FE: a) Que todo lo escrito me fue expuesto y de su contenido; b) Que tuve a la
vista el Documento Personal de Identificación relacionado; el título con el que
se acredita la propiedad del bien inmueble que por el presente contrato se
enajena el que consiste en Testimonio de la Escritura Pública número diez de
fecha diez de enero de dos mil autorizada por el Notario Byron Enrique Mendoza
Ávila, título de agua y contrato de la línea telefónica relacionada; c) Que
advertí a los otorgantes de los efectos legales del presente contrato, así como
de la obligación de inscripción del testimonio de esta escritura en el Registro
General de la Propiedad y del pago del impuesto respectivo. Leo lo escrito a
los otorgantes, quienes enterados de su contenido, objeto, validez y efectos
legales, lo aceptan, ratifican y firman con la Notaria
autorizante.-----------------------------------------------------------------
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